Cómo cambiar la titularidad de un coche sin venderlo

Jaime Iglesias

Jaime Iglesias

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30 de julio de 2026

Tabla de tarifas de trámites de vehículos. Muestra cómo cambiar la titularidad de un coche sin venta, con precios y tipos de tasa.

Cuando un coche cambia de dueño sin que nadie pague un precio, el trámite no desaparece: simplemente cambia la causa legal que lo justifica. En España puede tratarse de una donación, una herencia o una adjudicación tras separación o divorcio, y cada caso exige documentos e impuestos distintos. Aquí explico el proceso, los plazos, el coste y los pasos que conviene completar también con la aseguradora.

La titularidad cambia aunque no exista una compraventa

  • Donación: se formaliza con un documento firmado y se liquida el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Herencia: el adjudicatario dispone de 90 días desde el documento que acredita la adjudicación.
  • Separación o divorcio: el plazo general es de 30 días desde la sentencia o acuerdo válido.
  • Tasa DGT: el cambio ordinario cuesta 55,70 €; para ciclomotores, 27,85 €.
  • Seguro: hay que comunicar el cambio a la compañía antes de circular como titular habitual.

Cómo cambiar la titularidad de un coche sin venta: la DGT ofrece opciones para la transferencia de vehículos, incluyendo casos generales y excepcionales.

Qué significa cambiar la titularidad sin vender el coche

La DGT no cambia el nombre del titular únicamente porque ambas personas estén de acuerdo. Necesita un documento que pruebe por qué se transmite el vehículo. Si no hay precio ni contrato de compraventa, la vía habitual es una donación, una sucesión o una adjudicación derivada de una ruptura matrimonial.

Por eso, la pregunta de cómo cambiar la titularidad de un coche sin venta debe plantearse de otra manera: qué causa jurídica explica el cambio. Intentar presentar una compraventa ficticia para evitar el impuesto correcto puede generar problemas fiscales y dejar una documentación incoherente.

Situación Documento principal Impuesto que suele intervenir Plazo ante la DGT
Donación Contrato o escritura de donación Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 30 días
Herencia con adjudicatario Documento de adjudicación hereditaria Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 90 días
Separación o divorcio Convenio regulador con resolución judicial o acuerdo notarial ITP, exención o no sujeción según el caso 30 días

Qué debes comprobar antes de presentar la solicitud

Antes de preparar los papeles, solicito siempre un informe del vehículo o reviso su situación administrativa. El coche debe estar de alta, con el impuesto municipal de circulación del año anterior abonado y sin sanciones pendientes que impidan la operación.

También conviene revisar si existe una reserva de dominio, un embargo o un precinto. La reserva de dominio suele proceder de una financiación y normalmente debe cancelarse con la entidad financiera o asumirse mediante una subrogación aceptada. Un embargo no siempre bloquea el cambio, pero el nuevo titular debe conocerlo y el precinto puede impedir la expedición del permiso de circulación.

  • Permiso de circulación y datos de matrícula.
  • DNI, NIE o documento identificativo de las partes.
  • ITV en vigor si se va a circular con normalidad.
  • Justificante del impuesto municipal de circulación cuando proceda.
  • Documento que acredite la donación, herencia o adjudicación.
  • Justificante del impuesto autonómico, su exención o su no sujeción.

La DGT puede pedir documentación adicional si los datos no quedan acreditados de forma clara. En mi experiencia, los retrasos suelen venir de contratos incompletos, firmas ausentes o impuestos presentados ante la administración equivocada, no del formulario de Tráfico.

Cómo tramitar una donación de vehículo paso a paso

1. Formaliza la donación

El documento debe identificar al donante, al beneficiario y al coche, incluyendo matrícula, marca, modelo y número de bastidor. Debe indicar expresamente que se trata de una donación gratuita y estar firmado por ambas partes.

En algunos casos puede ser recomendable una escritura pública, especialmente si la comunidad autónoma aplica beneficios fiscales condicionados a esa formalización. Como las bonificaciones cambian según el territorio y el parentesco, conviene comprobar la regla autonómica antes de firmar.

2. Liquida el impuesto correspondiente

El beneficiario debe presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la comunidad autónoma competente. Para una donación entre personas vivas suele utilizarse el modelo 651, aunque la gestión concreta, los plazos y las reducciones dependen de cada territorio.

No basta con que el impuesto resulte a pagar cero. Para completar el cambio hay que conservar el justificante de presentación, pago, exención o no sujeción. La DGT necesita esa prueba junto con el documento de transmisión.

Lee también: Embargo por impago del impuesto de circulación - qué hacer

3. Solicita el cambio en la DGT

La solicitud puede hacerse por internet, mediante los canales habilitados por la DGT, o presencialmente con cita previa. La tasa 1.5 es de 55,70 € para un vehículo y de 27,85 € para un ciclomotor, según las tarifas vigentes consultadas para 2026.

El beneficiario debe pedir el cambio en un plazo máximo de 30 días desde la firma de la donación. Si el trámite se realiza presencialmente y todo está correcto, normalmente se entrega el nuevo permiso de circulación en ese momento; por vía telemática, la resolución y el documento pueden llegar después de la revisión administrativa.

Qué cambia si el coche procede de una herencia

Cuando el titular ha fallecido, no se utiliza un contrato de donación ni una compraventa. El nuevo propietario necesita el documento que le designe como adjudicatario, además del justificante del Impuesto sobre Sucesiones o de la situación fiscal que corresponda.

Si ya existe un heredero definitivo, debe solicitar el cambio de titularidad dentro de los 90 días siguientes a la fecha del documento de adjudicación. La documentación exacta puede incluir la declaración de herederos, el testamento, la escritura de adjudicación o la declaración responsable exigida por la DGT.

Si todavía no se ha decidido quién recibirá el coche, el custodio provisional debe comunicar esa situación a Tráfico también dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento. En ese caso se anota la custodia y puede expedirse una autorización provisional, con una tasa específica de 8,67 €, pero todavía no se produce la adjudicación definitiva.

Este punto suele pasarse por alto. Aunque el coche siga registrado a nombre de la persona fallecida, quien lo custodia puede acumular obligaciones relacionadas con multas, seguro, ITV y uso del vehículo. Dejar la situación sin comunicar no es una solución práctica.

Qué ocurre en una separación o un divorcio

Si el coche se adjudica a uno de los cónyuges o miembros de la pareja, la DGT exige un documento que lo demuestre. Puede servir el convenio regulador acompañado de la resolución judicial o un acuerdo notarial de adjudicación.

No es suficiente indicar que una persona tendrá el uso del coche. El documento debe señalar que esa persona es la adjudicataria o propietaria. La diferencia importa porque el uso habitual y la titularidad administrativa no son lo mismo.

El plazo para solicitar el cambio es de 30 días desde la sentencia o desde el acuerdo que regula la situación. Además de la tasa de la DGT, normalmente hay que justificar el ITP mediante el modelo 620 o 621, o acreditar su exención o no sujeción según el caso y la comunidad autónoma.

La tasa de tráfico es la misma que en la donación, 55,70 € para vehículos y 27,85 € para ciclomotores. Si el convenio solo menciona el coche de forma genérica o no identifica claramente al adjudicatario, es probable que tengas que aportar documentación adicional.

Costes, seguro y errores que conviene evitar

El coste final no se limita a la tasa de la DGT. Según el supuesto, pueden añadirse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el ITP, los honorarios notariales o la gestión de una asesoría. El importe fiscal no puede calcularse con una cifra única porque depende del valor del vehículo, el parentesco y la comunidad autónoma.

Concepto Importe o criterio
Tasa DGT para coche 55,70 €
Tasa DGT para ciclomotor 27,85 €
Informe detallado del vehículo 8,67 €
Impuesto autonómico Variable según causa, valor, parentesco y comunidad

El seguro merece una gestión separada. Comunica a la compañía que cambia el propietario y quién será el conductor habitual, porque puede modificar la prima, las coberturas o la necesidad de emitir una nueva póliza. No des por hecho que la póliza anterior se mantiene sin cambios solo porque el coche siga asegurado.

Antes de circular, comprueba que la ITV está vigente y que existe un seguro obligatorio válido para el nuevo titular y el uso previsto. En especial, evita estos errores:

  • Presentar una compraventa cuando en realidad existe una donación.
  • Confundir el derecho de uso con la propiedad adjudicada.
  • Esperar meses para tramitar el cambio y superar el plazo aplicable.
  • Ignorar una reserva de dominio o un precinto.
  • Entregar el coche sin conservar contrato, justificantes y permiso actualizado.

La comprobación final que evita problemas después

Una vez presentado el trámite, guarda el justificante y comprueba que el permiso de circulación refleja correctamente al nuevo titular. Si has actuado mediante representante, conserva también la autorización y una copia completa de todos los documentos.

Mi recomendación es cerrar el proceso en este orden: documento de transmisión, impuesto, DGT, seguro e ITV. Así evitas que el coche aparezca a nombre de una persona mientras las obligaciones fiscales o la póliza siguen vinculadas a otra.

La ausencia de una venta no impide cambiar la titularidad, pero sí obliga a explicar bien el motivo. Cuando la causa está correctamente documentada y se respetan los plazos, el procedimiento suele ser sencillo y deja el vehículo alineado con su propietario real.

Este artículo tiene un carácter exclusivamente informativo y educativo. El material se ha elaborado con el apoyo de modernas herramientas analíticas y lingüísticas (IA). Antes de tomar una decisión, consulte a un experto.

Preguntas frecuentes

Debes formalizar un documento de donación firmado por ambas partes que identifique al donante, al beneficiario y al vehículo, con matrícula, marca, modelo y bastidor. Además, el beneficiario debe presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y conservar el justificante de pago, exención o no sujeción.

El adjudicatario dispone de 90 días desde la fecha del documento de adjudicación para solicitar el cambio ante la DGT. Si todavía no se ha decidido quién recibirá el vehículo, el custodio provisional debe comunicar esa situación dentro del mismo plazo.

La tasa ordinaria de la DGT es de 55,70 euros para un vehículo y de 27,85 euros para un ciclomotor. También pueden añadirse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el ITP, los honorarios notariales o la gestión de una asesoría, según el caso.

Debes comunicar a la aseguradora el cambio de propietario y quién será el conductor habitual, porque pueden variar la prima, las coberturas o la necesidad de emitir una nueva póliza. Antes de circular, comprueba que el seguro obligatorio y la ITV están vigentes.
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Autor Jaime Iglesias
Jaime Iglesias
Me llamo Jaime Iglesias y llevo 8 años trabajando en el mundo de la automoción y la movilidad sostenible. Desde siempre me ha fascinado la evolución de cómo nos desplazamos y el impacto que esto tiene en nuestro entorno, lo que me llevó a dedicarme a explorar y compartir información sobre este sector. En marinacarpark.es me encargo de desgranar las novedades, comparar tecnologías y explicar conceptos complejos de una manera clara y accesible para todos. Mi objetivo es que cada artículo que escribo sea útil, preciso y esté al día, ayudándote a entender mejor las tendencias y las opciones disponibles en el panorama actual de la movilidad.
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