¿Quién paga la transferencia de un coche usado?

Diego Pascual

Diego Pascual

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14 de agosto de 2026

Mano con llaves de coche Mercedes-Benz, listo para el traspaso. ¿Quién paga la transferencia de un coche?

Al comprar un coche usado, no basta con acordar el precio y llevarse las llaves. También hay que dejar claro quién asume la tasa de Tráfico, el impuesto de transmisiones, la gestoría y las obligaciones relacionadas con el seguro. En España, lo habitual es que pague el comprador, pero el contrato puede establecer otro reparto y conviene dejarlo por escrito.

La regla práctica para repartir los gastos de la transferencia

  • El comprador suele tramitar y pagar el cambio de titularidad.
  • La tasa ordinaria de la DGT para un coche es de 55,70 €; en ciclomotores es de 27,85 €.
  • En una venta entre particulares, el ITP lo paga normalmente el comprador.
  • La gestoría no es obligatoria y su coste debe aparecer separado y desglosado.
  • El contrato puede pactar que el vendedor pague todo, lo comparta o lo descuente del precio.

Quién suele pagar la transferencia de un coche

En una compraventa entre particulares, lo habitual es que el comprador asuma los gastos del cambio de titularidad. Además, es quien tiene que solicitar la transferencia y poner el vehículo a su nombre dentro del plazo establecido. La DGT fija un máximo de 30 días desde la firma del contrato.

Esto no significa que exista una regla inamovible por la que el vendedor nunca pueda pagar. Las partes pueden acordar que el coste se reparta, que lo asuma el vendedor o que se descuente del importe final del coche. Mi recomendación es sencilla: escribirlo claramente en el contrato, con una frase como “los gastos de cambio de titularidad serán a cargo del comprador” o “se repartirán al 50 %”.

Hay que diferenciar entre la transferencia y la notificación de venta. El vendedor puede comunicar la operación a Tráfico inmediatamente después de firmar, algo muy recomendable para dejar constancia de que el coche ya no está bajo su responsabilidad. Esa notificación no sustituye al cambio de titularidad que debe completar el comprador.

Qué gastos forman parte realmente del cambio de nombre

La palabra “transferencia” suele englobar varios pagos distintos. Separarlos ayuda a evitar discusiones y permite saber si el precio anunciado incluye todos los trámites o solo el vehículo.

Concepto Quién suele pagarlo Qué debes saber
Tasa de la DGT Comprador La tarifa ordinaria consultada para coches es de 55,70 €.
Impuesto de transmisiones patrimoniales Comprador Se liquida ante la comunidad autónoma y depende del valor fiscal y del tipo aplicable.
Gestoría Quien contrata el servicio No es obligatoria. El importe depende de la empresa y del alcance de la gestión.
Notificación de venta Vendedor Es un trámite aconsejable para protegerse frente a sanciones posteriores.
Impuesto de circulación Normalmente vendedor En general corresponde al titular que figuraba el 1 de enero del año en curso.

El ITP no tiene una cantidad fija para toda España. Cada comunidad autónoma determina sus tipos y procedimientos, y la base puede calcularse a partir del valor fiscal del vehículo, no solo del precio pactado. Por eso, antes de cerrar la compra conviene utilizar el simulador o formulario de la administración autonómica correspondiente.

Como referencia, si el tipo aplicable fuera del 4 % y el valor fiscal del coche ascendiera a 8.000 €, el impuesto sería de 320 €. A esa cantidad habría que sumar la tasa de la DGT y, si se contrata, la gestoría. Es solo un ejemplo orientativo, porque el resultado real cambia según la comunidad autónoma, la antigüedad y las características del vehículo.

Cuando vende una empresa o un concesionario, la operación suele documentarse con factura. En ese caso, normalmente no se presenta el ITP de una compraventa entre particulares, aunque el precio puede incluir el IVA correspondiente. Conviene preguntar expresamente si el cambio de nombre está incluido o se cobra aparte.

Qué debe hacer cada parte para evitar problemas

Antes de entregar el dinero, yo comprobaría siempre la situación administrativa del coche. Un informe de la DGT permite revisar la titularidad, las cargas financieras, la ITV y posibles incidencias que impidan transferirlo. También hay que confirmar que el vendedor coincide con el titular registral y que el vehículo no arrastra una reserva de dominio.

Obligaciones del comprador

  • Firmar un contrato completo con datos de ambas partes, matrícula, bastidor, kilometraje, precio, fecha y hora.
  • Liquidar el ITP cuando proceda.
  • Solicitar el cambio de titularidad dentro de los 30 días.
  • Conservar el justificante de la tasa, el contrato y la documentación presentada.
  • Comprobar que la ITV está vigente antes de circular.

El contrato debe estar firmado en todas sus hojas y conviene guardar también el justificante del pago. La fecha y la hora no son un detalle menor, porque ayudan a determinar quién responde ante una sanción o un incidente ocurrido después de la entrega.

Lee también: Cambiar de nombre un coche por internet - pasos y costes

Obligaciones del vendedor

  • Entregar el permiso de circulación, la ficha técnica y las llaves del vehículo.
  • Informar sobre defectos conocidos, cargas y limitaciones.
  • Realizar la notificación de venta cuanto antes.
  • Comunicar la transmisión a su compañía de seguros.

La DGT advierte de que un vehículo con el impuesto local pendiente, determinadas sanciones o una carga financiera puede no transferirse con normalidad. Si existe una reserva de dominio por financiación, normalmente habrá que acreditar que el préstamo está pagado y cancelar la carga antes de completar el cambio.

Cómo afecta el seguro después de la compraventa

El seguro no es lo mismo que la transferencia y su coste no queda automáticamente incluido en el cambio de titularidad. El comprador debe asegurarse de que el coche tiene cobertura válida antes de conducirlo, mientras que el vendedor debe comunicar la venta a su compañía para evitar que la póliza siga vinculada a una situación que ya no controla.

La normativa de contrato de seguro contempla que el comprador se subrogue en los derechos y obligaciones de la póliza existente cuando adquiere el vehículo. Aun así, no recomiendo confiarse. La aseguradora puede revisar el riesgo y el comprador puede preferir contratar una póliza nueva con otro nivel de coberturas, franquicia o conductor habitual.

El vendedor debe informar de la existencia del seguro y comunicar la transmisión a la compañía dentro de los 15 días siguientes. El comprador también dispone, en determinadas condiciones, de un plazo de 15 días desde que conoce la existencia de la póliza para comunicar que no desea continuar con ella. Lo más prudente es pedir confirmación escrita y no dar por hecho que la póliza antigua sigue funcionando sin cambios.

En la práctica, muchas operaciones se complican porque el comprador paga la transferencia, pero se olvida del seguro, la ITV o el impuesto autonómico. Por eso, cuando preparo una compraventa, considero el coste total y no solo los 55,70 € de Tráfico.

Cuándo puede cambiar quién paga

La regla habitual cambia cuando las partes negocian condiciones distintas o cuando la transmisión no es una compraventa ordinaria.

  • Venta a un concesionario: la empresa puede encargarse de la gestión o incluirla en sus condiciones comerciales. Hay que revisar la factura y el contrato de entrega.
  • Compra a un profesional: el comprador puede pagar el precio con IVA incluido, mientras que el vendedor tramita el cambio como parte del servicio ofrecido.
  • Donación: no se aplica el ITP de una compraventa normal. Puede corresponder el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, según la comunidad autónoma.
  • Herencia: el nuevo titular debe aportar la documentación sucesoria y cumplir los plazos específicos.
  • Vehículo financiado: la reserva de dominio puede impedir la transferencia hasta que se cancele o se formalice una subrogación aceptada.
  • Acuerdo entre particulares: el vendedor puede asumir la tasa o la gestoría como incentivo para cerrar la operación.

Si el vendedor dice que “la transferencia está incluida”, pediría que indique exactamente qué incluye. Puede referirse solo a la tasa de la DGT y dejar fuera el ITP, la gestoría o cualquier gasto adicional. Una cifra cerrada por escrito evita que una diferencia de pocos cientos de euros arruine una operación aparentemente sencilla.

La cifra que conviene dejar cerrada antes de entregar las llaves

La respuesta corta es que normalmente paga el comprador, pero el reparto final depende del contrato. El comprador suele asumir la tasa de Tráfico, el ITP y la gestoría que él mismo contrate; el vendedor debe dejar el vehículo en condiciones de ser transferido y protegerse notificando la venta.

Mi consejo final es anotar en el contrato tres cosas sin ambigüedades: quién paga cada gasto, quién presenta cada trámite y en qué fecha se entrega el coche. Con esa pequeña previsión, la compraventa queda mucho más clara y ambas partes saben qué obligaciones conservan después de firmar.

Este artículo tiene un carácter exclusivamente informativo y educativo. El material se ha elaborado con el apoyo de modernas herramientas analíticas y lingüísticas (IA). Antes de tomar una decisión, consulte a un experto.

Preguntas frecuentes

Normalmente, el comprador paga la tasa de la DGT, el ITP y la gestoría si decide contratarla. La tasa ordinaria para un coche es de 55,70 €. El vendedor suele encargarse de la notificación de venta y, en general, del impuesto de circulación correspondiente al titular que figuraba el 1 de enero.

La tasa de la DGT es de 55,70 €, mientras que el ITP depende de la comunidad autónoma, el valor fiscal y el tipo aplicable. Por ejemplo, con un tipo del 4 % y un valor fiscal de 8.000 €, el ITP sería de 320 €. La gestoría es opcional y tiene un coste variable.

El contrato debe indicar quién paga cada gasto, quién presenta cada trámite y la fecha de entrega, además de los datos de las partes, matrícula, bastidor, kilometraje, precio, fecha y hora. El comprador debe solicitar el cambio de titularidad en un máximo de 30 días desde la firma.

El comprador debe confirmar que existe cobertura válida antes de conducir y puede subrogarse en la póliza existente, aunque la aseguradora puede revisar el riesgo. El vendedor debe comunicar la transmisión a su compañía dentro de los 15 días siguientes, y el comprador puede comunicar que no desea continuar con la póliza en el plazo previsto cuando se den las condiciones aplicables.
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Autor Diego Pascual
Diego Pascual
Soy Diego Pascual, y llevo 9 años sumergido en el mundo de la automoción y la movilidad sostenible. Mi interés por este sector nació de la fascinación por cómo evolucionan nuestros vehículos y cómo podemos hacer que esa evolución sea más respetuosa con el planeta. Me dedico a desgranar las novedades, comparar tecnologías y explicar de forma clara y accesible los conceptos que a veces parecen complejos, para que la información sobre movilidad sea útil y fácil de entender para todos. Mi objetivo es ofrecer un contenido riguroso y actualizado, basado en la investigación y el análisis, que ayude a comprender mejor el presente y el futuro del transporte.
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